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La Decisión de Inmigración sobre los menores y el SIJS en Georgia

El 1 de junio de 2015, Kuck Immigration Partners, a través de nuestra abogada Anna Erwin, recibió una innovadora ( pero hasta el momento inédita) decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración. La Junta revocó la decisión del juez de inmigración de Atlanta para deportar a nuestra cliente de 11 años de edad, y se encontró que el juez debería haber abordado la elegibilidad de nuestro cliente para la Visa de Inmigración Juvenil Especial (SIJS), y que el juez debería haber continuado el caso de dejar que nuestra cliente persiga su SIJS a través de una petición de custodia tribunal estatal ponerla en la custodia exclusiva de su padre.

Nuestra cliente es nativa de El Salvador. Su madre la abandonó cuando era una bebé. Sus abuelos paternos se preocupaban por ella en El Salvador y su padre llego a los EE.UU. para trabajar y mantener a su familia. En 2014, los abuelos de nuestros clientes se volvieron demasiado ancianos y enfermos para cuidar de ella. Su madre seguía sin asumir la responsabilidad de su cuidado. Nuestra cliente no tuvo más remedio que venir a los Estados Unidos, donde su padre podía cuidar de ella. Nuestra cliente fue detenida por inmigración en la frontera en 2014 y puesta en proceso de deportación en Atlanta.

Esta joven vino a nuestra oficina, y vimos que ella calificó para SIJS. La ley establece SIJS se puede conceder a un menor soltero menor de 18 años de edad quien es :

 un inmigrante que está presente en los Estados Unidos (I) que haya sido declarado dependiente de un tribunal de menores que se encuentra en los Estados Unidos o los que dicho tribunal sea legalmente comprometido o/a colocado bajo la custodia de una agencia o departamento de un Estado, o una persona o entidad designada por un Estado o tribunal de menores situado en los Estados Unidos, y cuya reunificación con 1 o ambos de los padres del inmigrante no es viable debido a abuso, negligencia, abandono, o una base similar encontrado bajo la ley estatal. (II) Para los que se ha determinado en procedimientos administrativos o judiciales que no sería en el mejor interés del extranjero para ser devueltos al país de nacimiento o al de la nacionalidad de los padres o al país de la última residencia. INA § 101 (a) (27) (J).

Nuestra cliente había sido abandonada por su madre, y ella estaba en los EE.UU. con su padre, que estaba dispuesto a tomar su custodia. Hemos presentado una petición en el tribunal estatal para colocarla en la custodia exclusiva de su padre, y le pedimos al juez de la corte estatal que la reunificación con su madre no era viable debido al abandono, y que no estaba en el mejor interés de nuestros clientes para volver a El Salvador porque no había nadie para cuidar de ella.

Suena como un gol - por lo que pensamos.

Nuestro cliente sólo había estado en un proceso de deportación durante 14 días, y en su primera audiencia de inmigración se presentó al juez una copia de la petición de custodia pendiente en el tribunal estatal y una breve sobre su elegibilidad para SIJS. El juez puso el escrito a un lado y le dijo a la niña que no calificó para SIJS porque ella vivía con su padre y sólo su madre la abandonó. El consejo ICE incorrectamente afirmó que un menor sólo puede conseguir la dependencia en Georgia si ambos padres habían abandonado al niño, a pesar de que nos explicó que no estábamos persiguiendo dependencia sino custodia. El juez ordenó a nuestro cliente retirarse sin ninguna discusión sobre su elegibilidad para SIJS a través de una orden de custodia.

La Junta de Apelaciones de Inmigración leyó correctamente la ley, revocó la decisión del juez para deportar a nuestra cliente, y ordenó que el caso vuelva a la corte de inmigración. La Junta señaló que el juez hizo caso omiso de que nuestra cliente no perseguía SIJS a través de una orden de dependencia, sino más bien a través de una orden de custodia. El Consejo ordenó al juez a considerar el argumento y citó la ley SIJS que un menor puede perseguir SIJS "depende del tribunal de menores" o "puesto bajo la custodia de. . . un individuo". Además, en la Junta señalaron que el juez no sólo debería haber abordado nuestro argumento, sino que también deberían haber continuado o administrativamente cerrar el caso de nuestro cliente para la adjudicación de la petición de custodia, "evidencia ausente de inelegibilidad de un extranjero para el estado de SIJ. "El Gobierno no presentó ninguna evidencia de inelegibilidad en la audiencia debido a que el Gobierno no abordó SIJS a través de una orden de custodia.

Esta decisión es importante por varias razones. En primer lugar, la decisión está clara en el cumplimiento de la ley SIJS. La decisión tomada fue en una postura dura y clara con la ley a un juez que no dio una segunda oportunidad para deportar a un niño dentro de dos semanas sin siquiera leer su caso.

En segundo lugar, la decisión finalmente se aborda el problema en Georgia de centrarse demasiado en el uso de la dependencia para obtener SIJS y olvida el uso de órdenes de custodia y de compromiso. A lo mucho, la forma más común de perseguir SIJS en Georgia es a través de una orden de dependencia. Pero si bien la ley federal, como se ha visto anteriormente, permite que un menor de edad puede recibir SIJS si han sido abandonados por uno de los padres, la dependencia ley en Georgia requiere en gran medida el abandono o negligencia por ambos padres durante una dependencia que se conceda. Como sucede a menudo, las leyes federales y estatales están en conflicto. Sin embargo, un menor de edad puede obtener un compromiso o custodia en Georgia ponerlos bajo la custodia de uno de los padres y hacer los otros seguimientos del SIJS. Los jueces y el gobierno en Atlanta no entendían esta simple lectura del estatuto. Debido a la dependencia era la forma más común para perseguir SIJS, y la dependencia requiere el abandono de ambos padres, que tenían una visión de túnel y pensaron todas maneras de conseguir SIJS debe requerir el abandono por ambos padres. Por no mencionar esta vision cerrada que los condujo fácilmente a su objetivo - la deportación. Su interpretación de la ley no era correcta, y la Junta de Apelaciones de Inmigración vio esto.


Felicitaciones a Anna Erwin por esta victoria!

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